De acuerdo a la nueva Ley N°21.210 de Modernización Tributaria, existen a contar del 01.01.2020 dos Regímenes Tributarios:
– Régimen General o Semi Integrado (artículo 14 A)
– Régimen ProPyme el cual a su vez, dispone de dos opciones;
– Régimen General Propyme (artículo 14D N°3)
– Régimen Opcional de Transparencia Tributaria (artículo 14D N°8)
En este memorándum se explican los nuevos regímenes tributarios, quienes pueden o deben acogerse a cada uno de los regímenes, como tributan las empresas, como tributan sus dueños, los registros que deben llevarse, orden de imputación de retiros, incentivos al ahorro, entre otros.